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TCAE en Castilla y León: inicio del plazo para presentar méritos
- 5 julio, 2019
- Posted by: Cefes
- Categoría: Información Oposiciones
CASTILLA Y LEÓN
Castilla y León abre el plazo para la presentación de los méritos correspondientes a la fase de concurso de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería
Se ha publicado también la lista de las personas que han superado la fase de oposición
Ayer se publicó la Resolución de 3 de julio de 2019 del Tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso a la categoría de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería del Servicio de Salud de Castilla y León, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición. Los opositores disponen ahora de 15 días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, quedando el plazo abierto del 5 al 25 de julio, ambos inclusive.
En consideración a las alegaciones planteadas contra algunas de las preguntas y respuestas del ejercicio de oposición, las preguntas 15, 35, 41, 47, 50 y 61 son sustituidas por las de reserva numeradas como 76, 77, 78, 79, 80 y 81.
Por otro lado, las bases establecieron que podrían superar la fase de oposición aquellas personas que obtuviesen al menos el 60% de la media de las diez mejores puntuaciones. Resultando dicha media en 125,90 puntos, se ha establecida que superan la oposición quienes hayan obtenido un mínimo de 75,54 sobre 150 puntos.
La documentación relativa a los méritos deberá presentarse por bloques: Bloque I (Experiencia Profesional) y Bloque II (Formación, Docencia y Actividades Científicas y de Difusión del Conocimiento).
Respecto al Bloque I, deberá seguir un orden cronológico. Asimismo, deberá indicarse en la cabecera de cada certificado si alguno de los periodos detallados coincide con los servicios prestados que figuren en alguno de los demás certificados presentados. Junto a los certificados de servicios prestados deberá acompañarse un informe de vida laboral.
En cuanto al Bloque II, deberá ordenarse en II.1. FORMACIÓN; II.2. DOCENCIA; Y II.3. ACTIVIDADES CIENTÍFICAS Y DE DIFUSIÓN DEL CONOCIMIENTO.
Toda la documentación deberá ir numerada en el margen superior derecho, debiendo utilizarse el modelo-instancia e índice disponibles en http://www.saludcastillayleon.es.
Pueden consultarse las publicaciones relativas a la resolución de 3 de julio en los siguientes enlaces: